La DGSFP aclara los acuerdos de externalización con proveedores en la nube

La DGSFP ha aclarado el funcionamiento de la externalización a proveedores de servicios en la nube, en función de las directrices de Eiopa acordadas mediante resolución de 10 de julio de 2020. Precisa en primer lugar que las directrices son de aplicación desde el de 1 de enero de 2021, pero "se concedió un plazo de dos años para que las entidades revisasen y modificasen, en consecuencia, los acuerdos de externalización en la nube existentes relativos a funciones o actividades operativas críticas o importantes con vistas a garantizar el cumplimiento de las directrices antes del 31 de diciembre de 2022". Y, junto a ello, se estableció que "cuando la revisión de los acuerdos de externalización de funciones o actividades operativas críticas o importantes no hubiese finalizado antes del 31 de diciembre de 2022, la entidad deberá informar de ello a su autoridad de supervisión, incluyendo las medidas previstas para completar la revisión o la posible estrategia de salida; pudiendo la autoridad de supervisión, en su caso, acordar con la entidad una prórroga del plazo para completar dicha revisión".

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