DGSFP: el documento de información de productos no entra en vigor hasta que se apruebe la IDD

La DGSFP ha aclarado la entrada en vigor del Reglamento de Ejecución de la Comisión Europea del pasado 11 de agosto y por el que se establece un formato de presentación normalizado para el documento de información sobre productos de seguro distintos al ramo de Vida.

El Subdirector de Ordenación y Mediación de Seguros, Raúl Casado, expone, en respuesta a una consulta, que no entrará en vigor hasta que en nuestro ordenamiento jurídico se apruebe la próxima Ley de Distribución. Indica el subdirector que el reglamento "desplegará su eficacia jurídica desde la entrada en vigor de la ley por la que se trasponga al ordenamiento nacional la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, al ser esta norma la que impone la obligación de elaborar un documento normalizado de información sobre el producto de seguro en el que se facilite a los clientes la correspondiente información".

En la Carta del Seguro del pasado 1 de septiembre ya expresábamos las dudas del sector acerca de su aplicación puesto que no se contaba todavía con la Ley de Distribución. Indicaban nuestras fuentes consultadas que sería muy raro que el supervisor nacional tuviera en cuenta su articulado y mucho menos que fuera a aplicar sanciones por su incumplimiento.

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