Publicado el procedimiento para remitir información trimestral a efectos de supervisión

La DGSFP ha publicado, en su sede electrónica, el procedimiento a seguir por las aseguradoras a la hora de remitir la información solicitada a efectos de supervisión y estadístico-contable del periodo comprendido entre el último trimestre de 2018 y el tercero de 2019.

En concreto, las entidades aseguradoras en régimen general tienen los siguientes plazos: la información cuantitativa del cuarto trimestre de 2018 pueden enviarla hasta el 11 de febrero; la del primer trimestre de 2019, hasta el 6 de mayo; la del segundo trimestre, hasta el 5 de agosto; y la del tercer trimestre, hasta el 4 de noviembre. También, en la sede electrónica de la DGSFP, se puede descargar la aplicación informática necesaria para enviar dicha información al supervisor español. Las entidades aseguradoras en régimen especial tienen los mismos plazos para remitir la información.