Diez gestiones que hay que hacer tras el fallecimiento de un ser querido

Ante la proximidad, el 1 de noviembre, de la festividad del Día de los Difuntos, Alianza Española ha hecho público un listado de gestiones que es necesario realizar tras el fallecimiento de un familiar. Según explican los responsables de la compañía, algunas de estas gestiones deben ser realizadas por los familiares del fallecido, aunque cada vez es más habitual que muchas de ellas ya estén incluidas en las garantías que cubren las pólizas de seguros de decesos.

Las diez gestiones que hay que realizar son: Obtención del certificado médico de defunción; inscripción de la defunción en el registro civil; enterrar o incinerar el cuerpo; certificación de actos de última voluntad; certificación de seguros; tras localizar la póliza del seguro y comprobar sus beneficiarios, contactar con la compañía para que inicie los trámites el cumplimiento de las garantías del seguro; solicitud de copia del testamento al notario; si no hubiese testamento, habría que realizar un acta de declaración de herederos ante notario; trámites para la obtención de la pensión de viudedad y aceptación de la herencia; y liquidación de los impuestos vinculados a la herencia.

Según Enrique Vara de Rey, director comercial de Alianza Española de Seguros, “la pérdida de un ser querido es una vivencia dolorosa y traumática, que además implica la realización de una serie de trámites legales y gestiones a veces complicadas. Es habitual que la carga emocional de la situación provoque que muchas personas se sientan algo perdidas con esta parte administrativa que inevitablemente acompaña a un fallecimiento”.