El establecimiento de plazos será clave para implantar la garantía financiera obligatoria

Las novedades en la responsabilidad ambiental han sido sometidas al análisis desde los puntos de vista jurídico, empresarial y asegurador en la jornada organizada la semana pasada por Agers (Asociación Española de Gerencia de Riesgos y Seguros) y AICA (Asociación de Empresarios de Alcobendas). El objetivo ha sido profundizar en el impacto de la Orden Ministerial ARM 1783/2011 sobre el tejido empresarial español: El establecimiento de los plazos y las prioridades para la implantación de la garantía financiera obligatoria son los aspectos más relevantes en opinión de los ponentes.

Antes del 30 de junio de 2014 deberán publicarse las Órdenes Ministeriales sectoriales que determinen los plazos para la constitución de la garantía financiera obligatoria para los dos sectores de la IPPC de prioridad 1: Los establecimientos con combustión de más de 50 megavatios (MW) y los gestores de residuos peligrosos de más de 10 toneladas día. Junto a lo anterior, para dicha fecha todos los operadores sujetos a la legislación de accidentes graves tendrán que disponer de una garantía financiera establecida a partir de un análisis de riesgos ambientales.

"Nos vemos en la obligación de proteger nuestro entorno y en consecuencia el medio ambiente cada vez más, lo que justifica la entrada de nuevas leyes en el marco jurídico de la responsabilidad ambiental, afectando por lo tanto directamente o indirectamente a la totalidad de las empresas", recordó Alicia Soler, responsable técnico del Área de Seguros de AICA. Gonzalo Iturmendi, secretario general de Agers y socio director del bufete G. Iturmendi y Asociados, analizó las novedades del marco normativo de la responsabilidad ambiental y destacó la necesidad de incorporar a las empresas políticas de ‘corporate compliance’ y la "notable tendencia a expandir la responsabilidad a los administradores y directivos para reparar el daño medioambiental".

El director general de la consultora Riskia, Ángel Escorial, aseveró que "aunque no exista aún obligación de garantía financiera, la Ley de Responsabilidad Ambiental está vigente desde el 30 de abril de 2007 y el operador que cause estos daños debe repararlos sin límite económico", mientras Miguel Ángel de la Calle, director técnico del Pool Español de Riesgos Medioambientales, apuntó que los riesgos ambientales son riesgos operacionales y como tales hay que tratarlos.

José Luis Lorenzo, en representación de Chartis, abordó el aseguramiento del riesgo ambiental y la oferta de la aseguradora para cubrir este tipo de riesgos mediante la 'Protección Medioambiental', y detalló sus coberturas -costes de prevención y aminoración; daños a los recursos naturales; coste de defensa y fianza, etc.-. Por último, David Corregidor, subdirector de Medio Ambiente de España y Portugal de Endesa, explicó las estrategias y actuaciones de la compañía en el ámbito de la responsabilidad ambiental.