El Gobierno balear establece una deducción en el IRPF por el seguro de Salud

El 14 de noviembre se publicó en el BOE la Ley 12/2012, del 26 de septiembre, de medidas tributarias para la reducción del déficit de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, texto que en su artículo 1º establece una deducción autonómica en el IRPF por los gastos en primas de seguros individuales de Salud. En concreto, se establece una deducción en la cuota íntegra autonómica del 15% de los gastos realizados en el ejercicio por este concepto.

Para poder aplicarse la deducción, además de tener residencia en las Islas Baleares, el contribuyente debe cumplir una de las siguientes condiciones: ser miembro de una familia numerosa, ser mayor de 65 años y sufrir una discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. También hay que tener en cuenta que sólo darán derecho a deducción los gastos de primas de seguros destinadas sólo a cubrir gastos de asistencia sanitaria. A estos efectos, no darán derecho a esta bonificación fiscal las primas vinculadas únicamente a asistencia dental, ni tampoco las abonadas en concepto de seguros privados derivados del régimen de las mutualidades de funcionarios y otros colectivos.

La iniciativa del Gobierno balear podría generar un precedente en el ámbito nacional en un contexto en el que se intenta estimular la sanidad privada como alternativa a los problemas y recortes en el ámbito de la sanidad pública. El Colegio de Mediadores de Baleares llevaba tiempo reivindicando ante la Administración Autonómica esta deducción que, según explican, “favorece a un ramo del seguro muy popular en nuestra Comunidad Autónoma; esperamos se potencie las labores comerciales de nuestros colegiados”.