El Gobierno vasco remodela la regulación y funcionamiento de las EPSV

El Gobierno vasco aprobó a finales de julio el Proyecto de Ley de EPSV con la doble intención de generalizar la previsión social complementaria y de fortalecer la transparencia, eficiencia, solvencia, innovación y profesionalidad de la gestión de las entidades. Para ello se establecen los mecanismos necesarios para que desde los poderes públicos se protejan los derechos e intereses de los asociados. En total funcionan casi 200 EPSV que agrupan a 1,3 millones de asociados, cuyo patrimonio conjunto supera los 19.000 millones de euros - el 30% del PIB vasco-.

Además, la ley abarca en su ámbito a las algo más de ochenta sociedades de ayuda mutua, cofradías, montepíos y hermandades, que existen en el ámbito agrario, pesquero y ganadero del País Vasco; cubren de forma exclusiva las contingencias de sepelio o daños y perjuicios en los bienes de vivienda, ganado, cosechas, bosques, embarcaciones o cualquier otra clase de bienes unidos a la actividad laboral o profesional del socio, detalla el Gobierno vasco.

Convenio o pacto de empresa

El texto, entre sus principales novedades, impulsa los principios básicos de los planes y entidades de previsión social voluntaria preferentes. Se convierten en instrumentos fundamentales para el desarrollo de la previsión social complementaria a través de convenio o pacto de empresa, "y con requisitos que garantizan la no discriminación en la incorporación de los socios y que establecen que la percepción de la prestación será preferentemente en forma de renta vitalicia, con una duración mínima de quince años en el caso de optar por el cobro en renta temporal".

También se fija una calificación de las EPSV en función de las contingencias cubiertas y de la naturaleza o vínculo entre sus socios: individual, de empleo, asociadas e indiferenciadas. A su vez, los planes de previsión quedan encuadrados atendiendo al vínculo existente entre sus socios (individuales, de empleo y asociados) y al régimen de aportaciones y prestaciones (de aportación definida, de prestación definida y de carácter mixto). Junto a lo anterior, el proyecto contempla una nueva definición y clasificación de socios y beneficiarios, mientras en las EPSV de modalidad individual o asociada se mantiene, "para aquellos cuya primera aportación tenga una antigüedad superior a diez años, la posibilidad del rescate parcial o total de los derechos económicos con cargo a las reservas acumuladas y de acuerdo con el sistema financiero utilizado", detalla el Gobierno vasco.

Nuevo régimen jurídico

El régimen jurídico, en virtud de las nuevas modificaciones, experimenta cambios y por tanto queda fijado el nuevo régimen jurídico de los planes de previsión social. Supone la regulación completa desde su creación hasta la extinción, la forma de integración en una EPSV, el traslado de los planes de previsión social en los diferentes supuestos, etc.

Por último, en el Registro de Entidades de EPSV la Ley impulsa la creación de un Fichero General destinado a contabilizar el número real de asociados, evitar duplicidades, contribuir a una planificación ordenada y garantizar la correcta gestión de las prestaciones. "Asimismo -añade el Gobierno vasco-, se contempla la constitución del Consejo Vasco de la Previsión Social que se configurará como un órgano de reflexión dedicado al análisis, la promoción, difusión y defensa de la previsión social así como asesor en todos aquellos temas que afectan al sistema de Previsión Social de Euskadi". Será un órgano que reúna a representantes de las instituciones públicas, agentes sociales y económicos, sector de previsión social y expertos en la materia.