Inade recuerda los requisitos para impartir formación que rigen desde el pasado abril

Inade recuerda que las nuevas obligaciones de formación previa y continua que deben cumplir los titulares y el personal relevante de cada organización desde el pasado 22 de abril, fecha en que entró en vigor el Real Decreto 287/2021 de 20 de abril sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros.

En este sentido, indica que "no todas las entidades aseguradoras podrán impartir cursos de formación previa y continua para los distribuidores de seguros, ya que éstas deberían ser distribuidores de seguros u obtener la acreditación oportuna de empresa certificado de formación".

También hace hincapié en que los organizadores de cursos de formación previa y/o continua, deberán disponer de medios humanos y materiales, de procedimientos y de una estructura organizativa que asegure que el personal cuenta con los conocimientos y aptitudes adecuados. La estructura será proporcional a la naturaleza, tamaño y complejidad de sus actividades, de los productos, del tipo de clientes, de la dimensión de la plantilla y de su implantación nacional o internacional.

Sobre la duración mínima de formación continua a computar en ejercicio 2021, Inade indica que al término del ejercicio 2021 los titulares de las empresas de distribución y todo su personal relevante que asesore al cliente tiene que tener acreditada una formación continua de un mínimo de 25 horas lectivas y que el mínimo para aquellos titulares o personal relevante que solamente informe deberá ser de 15 horas lectivas.

También recordó que el responsable del cumplimiento de todas las obligaciones en materia de conocimientos y formación será o el titular de la actividad o el órgano de administración, en caso de las personas jurídicas. Estas obligaciones se podrían agrupar en tres bloques: asegurarse de que ninguna persona preste sus servicios si no ha adquirido previamente conocimientos y aptitudes adecuadas, mantener actualizada una relación de formación previa y continua del titular y el personal relavante, y aprobar y ejecutar un plan de formación continua aplicable a todo el personal y colaboradores externos.