Insurance Europe pide "evitar incoherencias" al integrar riesgos de sostenibilidad en Solvencia II

Una vez más, Insurance Europe ha recalcado que el sector asegurador apoya la ambiciosa agenda de sostenibilidad de la UE y se compromete a seguir contribuyendo a la transición hacia una sociedad más sostenible y a desempeñar un papel importante en la consecución de los objetivos del Pacto Verde de la UE.

En este sentido, el seguro europeo está de acuerdo en que se lleve a cabo una revisión de Solvencia II para introducir cambios que ayuden a aclarar cómo los riesgos de sostenibilidad -incluidos los riesgos por el cambio climático- deben integrarse adecuadamente en el marco de esta Directiva comunitaria.

Donde más dudas tienen las aseguradoras europeas es en lo relativo a los planes de transición. La patronal deja claro que los apoyan y son conscientes de que un amplio grupo de empresas -entre las que están las aseguradoras- tienen que establecerlos y divulgarlos. Pero considera que esto no debe incluirse en Solvencia II porque ya hay otras Directivas que lo regulan, como la Directiva sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial y la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial. Por lo tanto, Insurance Europe entiende que, de incorporarlo en Solvencia II, se estará legislando otra vez sobre lo mismo, por lo que insta a "evitar duplicaciones e incoherencias innecesarias".  

También cree que los requisitos para que las aseguradoras integren los riesgos de sostenibilidad en sus inversiones, en la suscripción y en sus reservas "ya forma parte de Solvencia II".

Lo que sí apoya sin ambages Insurance Europe son estas 3 propuestas de la Comisión Europea: que se hagan revisiones periódicas y actualizaciones en caso necesario del alcance y la calibración de los parámetros de la fórmula estándar relativos al riesgo de catástrofe natural relacionada con el clima; la inclusión del análisis de escenarios de cambio climático en la ORSA; y el mandato a Eiopa de investigar, si está justificado, un tratamiento prudencial diferenciado para los activos verdes/marrones, así como para los activos con un objetivo social.

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