Justicia revisará la calificación de imprudencias graves en accidentes de tráfico

El Ministerio de Justicia se ha comprometido a revisar el concepto de omisión de socorro en accidentes de tráfico y si cabría su calificación entre las imprudencias tipificadas como graves. El ministro, Rafael Catalá, ha dejado la puerta abierta al entender que ese concepto tal y como está tipificado es insuficiente para atender a las víctimas de accidentes de tráfico. Una opción sería introducir una obligación de asistencia adicional, especialmente en el supuesto del fallecimiento de la persona accidentada.

El motivo es que la jurisprudencia del Tribunal Supremo deja claro que en caso de fallecimiento de la víctima, no puede haber delito de omisión del deber de socorro por ser un delito imposible, al no haber una persona viva en situación de desamparo, precisa El Derecho.

Posible reforma del Código Penal

El ministro de Justicia ha expresado la voluntad de su departamento de reforzar la colaboración con la Fiscalía de Seguridad Vial para sensibilizar en la interpretación de los tipos penales en accidentes de circulación por imprudencia grave. Y se ha comprometido a empezar a estudiar la inclusión de todas esas cuestiones en una posible revisión de la reforma del Código Penal en esta legislatura.

Rafael Catalá ha recordado, no obstante, que lo que antes estaba calificado como imprudencia leve y tipificado como falta en el ámbito penal tenía una sanción inferior a la que hoy tiene en el ámbito administrativo y de la responsabilidad civil, como consecuencia de la reforma del Código Penal llevada a cabo en 2015.