Liberty Seguros firma su II Convenio Colectivo con CC.OO., UGT y USO

El II Convenio Colectivo de Liberty Seguros con las secciones sindicales CC.OO., UGT y USO, se firmó el 9 de octubre y entrará en vigor 20 días tras su publicación en el BOE. Este nuevo convenio tendrá una validez de 4 años, hasta el 31 de diciembre de 2017. Respecto a la jornada anual, con el nuevo convenio se mantiene para todos los colectivos de la compañía y, además, se mantiene la aplicación de lo establecido en el convenio sectorial de seguros para todo aquello que no esté previsto expresamente en el convenio propio de Liberty Seguros.

Con respecto a las condiciones laborales acordadas se mantienen la jornada anual de 1.670 horas y se oficializa la jornada intensiva el 24 y 31 de diciembre. Se han ampliado las vacaciones para empleados a partir de los 58 años: 1 día más de vacaciones para 58 y 59 años, que antes no tenían; de 60 a 62 años pasan de 2 a 3 días y de 63 a 65 años pasan de 4 a 5 días.

Otro de los puntos del acuerdo limita la posibilidad por parte de Liberty Seguros en el uso de la distribución irregular de la jornada a un máximo del 4,5%, la mitad de lo fijado en el convenio colectivo del sector. Además, se procede a la regulación del procedimiento del uso de esta posibilidad limitándola en cuanto a nº de horas semanales, formato de prestación de estas horas y limitación de su uso en determinados supuestos por conciliación de la vida familiar y laboral.

A la firma del convenio acudieron Enrique Huerta, CEO de la compañía; Mª Eugenia Muguerza, directora del Área de Talento de Liberty Seguros; Fernando Escudero, responsable de Acción Sindical de la Agrupación de Servicios Técnicos de CC.OO.; Álvaro Vicioso, secretario del Sector Seguros de UGT; y Joaquín Pérez, secretario de Comunicación e Información de USO.

Algunas de las ampliaciones en los permisos incluyen los supuestos de nacimiento, adopción, acogimiento y fallecimiento; la ampliación de uno a dos días laborables por traslado de domicilio. La bolsa de horas médicas se amplía de 35 a 40 horas al año y se han firmado condiciones como el permiso remunerado para asistir al examen de conducción y la inclusión de un permiso de 2 días laborables al año para someterse a técnicas de reproducción asistida. En esta línea, se crea la posibilidad de realizar jornada continua durante los meses de lactancia de la mujer, así como para aquellas empleadas embarazadas a partir de las 30ª semana de gestación.

Beneficios sociales

Entre las condiciones que se especifican en el convenio colectivo con respecto a las mejoras sociales, se establece que la aportación al Plan de Pensiones para los empleados con reducción de jornada no se vea reducida en función de la jornada/salario. También se amplía de la cobertura del seguro de Vida en triple capital para los supuestos de fallecimiento por accidente para el personal de frecuente desplazamiento. En cuanto a las ayudas a la discapacidad, se abonarán 1.700 euros al año para empleados con cónyuge e hijos discapacitados dependientes que no puedan valerse por sí solos y no desempeñen ninguna actividad retribuida. Se establece un pago extraordinario y único de 1.500 euros para los trabajadores que declaren una discapacidad mediante el certificado correspondiente, a partir de la entrada en vigor del convenio.