La LOSS prohibirá las mutuas a prima variable

La Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia (LOSS), que entrará en vigor el 1 de enero de 2016, prohibirá las mutuas a prima variable. En la disposición transitoria 1ª del texto se recoge que aquellas mutuas de seguros a prima variable existentes a la entrada en vigor de la ley, “no podrán seguir ejerciendo la actividad aseguradora con esa forma jurídica”. Tendrán un plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley para transformarse en mutuas de seguros a prima fija, en sociedades anónimas o acordar su disolución y liquidación.

En realidad, se podrá aplicar a una sola entidad de las que quedaban en el mercado. En España, en los últimos años sólo operaban dos entidades de ese tipo: La Unión Montijana Seguros Mutuos contra Incendios a Prima Variable y Seguros Mutuos a Prima Variable de Incendios de Casas del Valle de Mena, ambas en el ramo de Incendio y elementos de la naturaleza. La Unión Montijana aparece como entidad activa en el registro de la DGSFP.

Una de ellas, la del Valle del Mena, ha desaparecido recientemente: El BOE publicó la resolución de la DGSFP sobre el vencimiento anticipado de los contratos de seguro de su cartera. En agosto de 2012 se había acordado la revocación de su autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora, encomendándose su liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros.