La mediación acuerda los criterios ante la subida del IPS

La subida del Impuesto sobre Primas de Seguros (IPS) ya es una realidad y los mediadores no quieren que al final sean los asegurados los que vivan una disparidad de criterios en su aplicación. Adecose, Aunna, Cojebro, Consejo General, Espabrok y Fecor han consensuado un escrito para sus asociados sobre el impacto de ese incremento del 6% al 8% y aclaran qué ocurrirá con el devengo del IPS. Señalan que la normativa establece que el impuesto se reclame en el momento en el que se satisfagan las primas relativas a las operaciones gravadas. Sin embargo, las asociaciones han acordado realizar lo mismo que ocurrió en 1998 con la subida del IPS del 4% al 6% siguiendo las consultas de la Agencia Tributaria. Por lo tanto, el tipo actual del 6% sería de aplicación a las pólizas que sean formalizadas y que tenga fechas de efectos anteriores a la fecha en que entre en vigor la ley. El impositivo del 8% resultaría de aplicación a las pólizas cuyos efectos se produzca a partir de la entrada en vigor.

A esos criterios se establece la excepción de los pagos fraccionados de prima; en estos supuestos, se aplicaría el tipo impositivo que esté vigente en el momento de emitir el fraccionamiento de la prima.

Las asociaciones también han acordado que en los casos en los que el recibo de prima emitido incluya un tipo erróneo -del 6% cuando le correspondería el 8%-, las aseguradoras podrían emitir los correspondientes recibos suplementarios por la diferencia.

Las asociaciones quieren con este escrito "trasladar un criterio único y riguroso sobre los efectos de esta subida impositiva". El documento también ha sido enviado a las compañías de seguros que trabajan con agentes y corredores con el fin de que tanto corredurías de seguros como entidades puedan trasmitir a los clientes "un criterio coincidente y preciso que despeje las dudas creadas en las últimas semanas".