El nivel de cumplimiento de la normativa de cookies es mejor en aseguradoras que en la mediación

El interés por el mundo on-line se ha incrementado significativamente en los últimos años y los mediadores de seguros no han estado al margen. Su uso para actividades comerciales, de captación de clientes, realizar presupuestos, declarar siniestros o permitir a los asegurados consultar sus pólizas va en aumento. Ahora bien, como en todo tiene normativas, y una de ellas son las cookies -dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos que se instalan en el terminal del usuario- que regula la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI).

Según el director de Global Protection Gate, Carlos Peña, el nivel de cumplimiento de esta normativa “es mayor en las compañías de seguros sobre los corredores”. Aun así, reconoce que entre estos últimos se empieza a ver “un nivel aceptable de cumplimiento en materia de cookies y de protección de datos en la web”. Concretamente se refiere a que cada vez se pueden encontrar más protocolos de seguridad, https, cláusulas previas de cookies, lopd vinculados a todos los formularios de contacto, presupuestos y áreas de acceso restringido para clientes.

Reconoce también que esta norma no hace especialmente atractiva la navegación, porque aunque las cookies son necesarias “entorpecen las técnicas habituales de marketing on-line y publicidad” del seguro. Puntualiza, refiriéndose a todo el sector asegurador, que obligar a cumplir el 100% con la normativa y pedir consentimiento con información previa a cada usuario web “puede provocar una bajada importante de visitas”. Ciertamente, ejemplifica, no es lo mismo solicitar un presupuesto para un seguro en 3 que en 6 pasos.

La ley establece sanciones para quien no cumpla con esta norma reformada en 2012. Se considera una falta leve y la sanción puede alcanzar los 30.000 euros.