Las penas más duras del nuevo Código Penal no tendrán impacto en las primas de D&O

La semana pasada, Expansión accedió al Anteproyecto de Código Penal que prevé aprobar el Gobierno, en el que figura que los administradores que causen la bancarrota culpable de una empresa serán castigados con renovada severidad, al endurecer las penas. El texto desarrolla nuevos tipos de insolvencia punible para “quien oculte, destruya, cause daños o realice cualquier actuación que no se ajuste al deber de diligencia en la gestión de asuntos económicos y que disminuya el valor de elementos patrimoniales”.

Para este delito agravado se prevén penas de prisión de hasta 6 años, a las que se suman multas pecuniarias elevadas canjeables por más días en la cárcel, cuando en su configuración actual sólo se castiga la transferencia de activos dentro del alzamiento de bienes. El delito de bancarrota culpable también se aplica a quien realice operaciones de venta por precio inferior a su coste de adquisición, a quien simule créditos, a quien participe en negocios especulativos sin justificación económica, a quien lleve doble contabilidad, o a quien oculte, destruya o altere documentación.

Hemos querido saber qué impacto tendrá este nuevo Código Penal en los seguros de D&O, consultando a especialistas en estas coberturas. Así, Francisco Alcaide, suscriptor de RC Profesional y D&O de Hiscox, estima “que tendrá cierto impacto porque estos seguros tendrán que adaptar sus condicionados o clarificar durante la cotización para recoger estos supuestos. Hacer una predicción siempre es arriesgado, pero probablemente las aseguradoras optarán por ofrecer una cobertura clara en supuestos en los que hay ausencia de dolo e intencionalidad en los hechos, es decir aquellos hechos basados es una falta de diligencia”.

Añade que “en el caso de una actuación no diligente donde no hay dolo las pólizas deben y deberán proteger al directivo. Obviamente la actuación dolosa la deberá establecer el juez al final del proceso por lo que los gastos de defensa en cualquier caso deben de ser cubiertos. En cualquier caso, este cambio legislativo ayudará a que las empresas tengan mayor conciencia de riesgo y quieran protegerse frente administradores que han actuado sin la debida diligencia”

Por su parte, Jaime Romero, responsable de Líneas Financieras y Sanitarias de Markel, opina que “a expensas de que el Anteproyecto se apruebe en Consejo de Ministros y en el Parlamento, esta reforma del Código Penal va tener un impacto muy limitado en estos seguros. Es posible que aumente el interés en la contratación de este tipo de seguros y en la revisión de los clausulados del mercado, pero dudo que desencadene un incremento en la siniestralidad o en las tarifas aplicables.

Sin impacto en las tarifas

Respecto a si el nuevo Código Penal podría originar una subida de las tarifas de estos seguros, Romero considera que “con motivo de la reforma del Código Penal de 2010, que introdujo en España la responsabilidad penal de las personas jurídicas, se habló durante meses de su potencial impacto en el seguro de D&O, pero en la práctica no ha tenido efectos perceptibles en el número de reclamaciones ni en las primas de seguro. Sospecho que con esta nueva reforma puede ocurrir algo parecido”.

Alcaide cree que “no tendrá un impacto inmediato. Las aseguradoras reaccionaran después haber observado algún impacto en la siniestralidad derivado del cambio legislativo. Si es así lo valoraran y si es necesario trasladaran modificaciones en la suscripción en forma de prima o restricciones a la cobertura, etc.”