El plan de retribución flexible puede eliminarse en la empresa de forma unilateral

Las empresas comenzaron hace años, cuando las cosas iban bien económicamente, a ofrecer un plan de compensación a sus empleados. Sin embargo, algunas se cuestionan si dentro de sus iniciativas generales de reducción de costes pueden eliminar esos planes de forma unilateral o si tienen que seguir algún procedimiento especial. Carta de Personal precisa que la empresa podrá suprimirlo unilateralmente, tal y como se recoge sentencia de la Audiencia Nacional (sent. de 3 de febrero de 2012).

Aclara que depende de cómo esté redactado el plan de retribución flexible (o plan de compensación): Si especifica expresamente que el plan está previamente sujeto a que se den ciertas condiciones (productividad, consecución de objetivos, nivel de ventas, etc.) o que se revisará cada cierto tiempo, en ese caso podrá suprimirlo de forma unilateral.

Carta de Personal detalla que, “ahora bien, si no se contempla expresamente que el plan se revisará ni la empresa ha incluido en el plan una cláusula por la que se reserve su derecho a modificar o suprimir el plan si las circunstancias lo aconsejan y su empresa lleva varios años ofreciendo el plan, entonces no podrá suprimirlo unilateralmente. En este caso, deberá recurrir al procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 del ET)”.