Los plazos para aplicar el nuevo Código Técnico de la Edificación quedan suspendidos

Los plazos para la aplicación del nuevo Código Técnico de la Edificación (CTE) quedan suspendidos. Tanto para el inicio de las obras con licencia otorgada sin necesidad de adaptarse a las modificaciones del Real Decreto, como la suspensión del plazo de 6 meses de aplicación voluntaria en los proyectos de las modificaciones introducidas en el Real Decreto.

Es el resumen que realiza Tecnifuego, que resume la nota informativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre la incidencia sobre la aplicación del nuevo Código Técnico de la Edificación (R. D. 732 /2019, de 20 de diciembre) tras declararse el estado de alarma.

Tecnifuego detalla que "el plazo de 6 meses de aplicación voluntaria del Real Decreto 732 /2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, se suspende por la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, desde el mismo 14 de marzo de 2020. Para el cómputo final de este plazo de aplicación voluntaria se deberá añadir a su plazo inicial de 6 meses, cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020, el periodo (en días naturales) correspondiente a la duración del estado de alarma".

Y para aquellas obras para las que se obtuvo licencia antes del 14 de marzo de 2020 "y cuyos proyectos no estuvieran adaptados al Real Decreto 732/2019 deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma, o en defecto de previsión, en el plazo de 6 meses desde el otorgamiento de la licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma. En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019".