PSN da explicaciones sobre la citación a 6 consejeros por presunto fraude procesal

Ante las noticias aparecidas en los últimos días en varios medios de comunicación en relación con la citación para declarar de 6 consejeros de PSN por presunto fraude procesal, PSN ha emitido un comunicado en el que aclara que el procedimiento se encuentra en fase de diligencias previas, habiéndose dictado con fecha de 23 de abril de 2014 sobreseimiento provisional y parcial de las actuaciones.

Además, explica que los querellantes han sido condenados por la sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid, sentencia declarada firme por el Tribunal Supremo en su Auto de 6 de marzo de 2012, con el que se concluye de manera favorable para los intereses de PSN la acción social de responsabilidad frente a los antiguos administradores, lo cual se interpuso por PSN por mandato de la asamblea general de mutualistas del 22 de abril de 1999, por los siguientes motivos: pago de informes externos a sociedades inexistentes; desplazamiento patrimonial injustificado y no autorizado a favor de Fundación Rey Alfonso XIII; daños patrimoniales causados a la mutua por la cesión gratuita de inmuebles propiedad de PSN; y daños patrimoniales causados por la adquisición de inmuebles a precio muy superior a su valor de mercado.

La mutua destaca que por todo ello “los querellantes se encuentran actualmente en fase de ejecución de la sentencia, estando obligados a abonar casi 10 millones de euros (incluyendo costas e intereses) por los daños patrimoniales causados a PSN, en tanto han fracasado sus múltiples recursos frente a las instancias que les condenaron, la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Supremo”. Comenta, además, que “la interpretación más benigna es que Juan Blázquez y José María Sala Xampeny pretenden obstaculizar la ejecución de la sentencia abusando de la Justicia con argumentos ya rechazados por el Tribunal ante el que se ha instado la ejecución de la sentencia que les condena”.

PSN también subraya que “la querella por supuesto fraude procesal está basada en algunos datos subjetivos y fuera de contexto de un acta de la DGSFP referente a la inspección que el órgano regulador inició en PSN en 2009. Dicha inspección quedó archivada y sobreseída por la DGSFP mediante su resolución emitida el 12 de julio de 2012, a satisfacción de PSN y del sector asegurador, por lo que la información de dicha acta no tiene vigencia. Además, la obtención del acta de inspección se ha realizado de manera irregular, dado que se trata de un documento privado y confidencial”.

Por último, afirma que “PSN seguirá defendiendo los legítimos intereses de sus mutualistas en este caso y en cuantos fuera necesario y se reserva el derecho a emprender cuantas acciones legales estimara oportunas”.