Publicada la modificación de las leyes de transportes terrestres y de seguridad aérea

El BOE ha publicado la Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. Su objetivo es realizar una revisión completa del contenido de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), originalmente aprobado en el año 1987. En materia aseguradora, en su artículo 21 se recoge que en todo tipo de transporte público, los daños que sufran los viajeros estarán cubiertos por el seguro obligatorio de viajeros, en los términos que establezca la legislación específica sobre la materia.

En concreto, en los transportes en
autobús y autocar, el transportista responderá de las obligaciones establecidas frente a los viajeros “en la medida en que éstas no estén cubiertas íntegramente por el seguro obligatorio de viajeros, por el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria previsto en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, o por cualquier otro seguro”.

Y especifica que el
importe de los seguros previstos en este artículo, tendrá la consideración de gasto de explotación y “será, por tanto, repercutible en las correspondientes tarifas”.