El Tribunal Supremo anula el sistema de comisiones de Sanitas

El Tribunal Supremo ha anulado los cambios en el sistema de retribución variable de Sanitas. La compañía, que cambió unilateralmente las primas a 250 empleados de su departamento comercial en octubre de 2011, faltó a su deber de negociar, según la sentencia. Ésta desestima el recurso de casación de Sanitas y confirma “íntegramente” una sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional que condenaba a Sanitas tras una demanda de conflicto colectivo presentada por la UGT, a la que se adhirió CCOO.

Sanitas puso en marcha su Departamento comercial en 2005, implantando un sistema de retribución variable para el personal comercial, compuesto aproximadamente por unas 250 personas en 2008. Entre el 80% y el 90% de la retribución variable se basaba en ventas o captaciones, con el 10%-20% en la cartera de clientes, y con aplicación trimestral. En octubre de 2011 Sanitas cambió el sistema, reduciendo el peso de las ventas o captaciones al 50% y variando el cómputo temporal.

En su recurso de casación ante el Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional, Sanitas alegaba que los cambios introducidos en la retribución variable de sus comerciales no cumplían la característica de sustancialidad. Pero el Supremo subraya que no se trata de modificaciones “accidentales, sino sustanciales”, pues “se alteran 2 elementos clave de cualquier plan de incentivos: el peso del cumplimiento de objetivos, y el periodo de cómputo”. “Por lo tanto, estamos ante el supuesto de hecho que determina la aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores”, señala el Tribunal.