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20 de septiembre
12:37 2021
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Anacose pone en marcha una campaña de denuncia de los abusos de la banca

Anacose pone en marcha una campaña para denunciar los abusos de la banca en la contratación de seguros y poner en valor la figura del corredor de seguros, tras el incremento de denuncias de los últimos meses.

Anacose recuerda que los bancos intentan abusar de su posición para imponer seguros a sus clientes cuando, por ley, en ningún caso pueden obligar a que una persona contrate una póliza con la misma entidad bajo la amenaza de no conseguir un préstamo, una práctica que a pesar de estar expresamente prohibida por varias leyes sigue dándose.

Además, la CNMC acumuló al principio de la pandemia más de 50 denuncias por conductas anticompetitivas, ya que algunas entidades querían vincular la petición de créditos ICO a la contratación de seguros con la propia entidad, una práctica abusiva, más todavía cuando las personas que acudían a este tipo de créditos lo hacían en una situación angustiosa, con lo que a la falta de legalidad se suma una fragrante falta de ética y empatía.

La CNMC ha iniciado un expediente sancionador contra cuatro entidades bancarias por posibles prácticas anticompetitivas y posibles prácticas restrictivas de la competencia en la comercialización de las líneas de avales ICO COVID. En particular, la CNMC investiga la vinculación a distintos productos que los bancos habrían exigido como condición para que los clientes pudieran acceder a las líneas de avales, lo que vulnera nada más y nada menos que seis leyes: La Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley de Distribución de Seguros, la Ley de Defensa de la Competencia, la Ley Hipotecaria, la Ley de Crédito Inmobiliario y el Reglamento de Protección de datos

No todo es ilegal

Hay que matizar que la banca sí puede exigir tener ciertas pólizas. Por ejemplo, al pedir una hipoteca obligan a tener un seguro contra incendios y a veces también uno de Vida. Y, en segundo lugar, es importante saber que un banco puede ofrecer la venta vinculada de un producto. Esto significa que pueden obligar a tener un seguro para dar la hipoteca, es decir, que el seguro será un producto vinculado al préstamo. Sin embargo, solo pueden obligar a que ese seguro sea el que ellos ofrecen si demuestran que es la mejor opción del mercado. Para confirmar eso, se necesita una autorización de un organismo superior (por ejemplo, el Banco de España). De esta forma, si se demuestra que no era la mejor opción del mercado para el cliente, el contrato ofrecido por la entidad financiera debe ser anulado.

La ley de Crédito Inmobiliario permite exigir un seguro para dar para dar un crédito o una hipoteca. No obstante, es ilegal que la entidad no informe de que se puede firmar la póliza con la empresa que el cliente quiera. Si contratar un seguro es un requisito para conseguir el préstamo, el banco tiene que aceptar cualquier póliza que tenga unas coberturas equivalentes a las que él ofrece. Además, es ilegal que cobren por analizar si la póliza que el cliente quiere cumple sus requisitos.

Anacose también recuerda que la póliza firmada con un banco puede ser anulada. Según la Ley 50/1980, durante 30 días se puede cancelar el contrato de un seguro de Vida y 14 días para el resto sin tener que dar explicaciones.

Se puede conseguir el préstamo sin tener que quedarse con el seguro del banco. Una vez firmado todo y antes de que pasen 30 días para el seguro de vida y 14 días para el resto, se busca una póliza más barata en otra empresa, se cancela el contrato con el banco y se devuelven los recibos.