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18 de enero
12:09 2019
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Juicio Gijón: estos son los puntos básicos del recurso del Colegio de Asturias

El Colegio de Mediadores del Principado de Asturias, como ya adelantó Aseguranza ayer, ha presentado ante la Audiencia Provincial de Asturias un recurso contra el Auto del Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Gijón que no reconocía la legitimación activa de la organización colegial para ejercitar la acción colectiva de cesación contra los bancos Sabadell y Popular por prácticas abusivas en la contratación de préstamos hipotecarios.

El colegio, según explica en un comunicado, hace hincapié principalmente en que se consulte a Europa sobre si el listado que cita a las entidades legitimadas para ejercitar la acción de cesación se debe entender como excluyente puesto que "estamos hablando de prácticas que no se deben permitir", resalta el presidente del colegio, Reinerio Sarasúa.

Este listado de organizaciones se expresa en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y en ningún caso nombra a los colegios profesionales puesto que sus intereses "son los específicos de sus colegiados y no los generales y difusos de los consumidores y usuarios".

No abandonar el camino

Resalta el colegio que la admisión de la demanda y la apertura del juicio oral ha supuesto "ya un éxito en la lucha contra las malas prácticas de la banca en la comercialización de seguros". Considera el presidente que de esta manera se reconoció al colegio "la competencia que el sector demanda: ser vigilantes para que todas las partes cumplan sus obligaciones".

A partir de ahora con el recurso se abren nuevas vías de actuación para seguir con el procedimiento: como destacaba la noticia de ayer de Aseguranza se abre la opción de ceder la demanda a una organización de consumidores y usuarios y también modificar los Estatutos del colegio. Ambas opciones no están descartadas por parte del colegio de mediadores. Lo importante, destaca Sarasúa es "no abandonar el camino emprendido donde ya se han dado pasos muy importantes", resalta.

En su demanda, el colegio solicitaba que se declare la nulidad de la condición general de la contratación introducida en los documentos de préstamos hipotecarios formalizados por ambos bancos demandados por considerarlos abusivos. Pedía también la condena a ambas entidades financieras para que eliminen de sus condiciones generales la citada condición general de contratación. Destacaba el colegio que en base a las cláusulas los consumidores han tenido que pagar cantidades que incrementaban "considerablemente" el precio de los préstamos, por lo que han sufrido un perjuicio económico, considera la institución.

En el argumentario del juez se destaca que los Estatutos de la organización hacen mención a que vela por los intereses profesionales corporativos de sus miembros y no por los difusos de los consumidores y usuarios.