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01 de febrero
10:41 2023
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Los accidentes de circulación transfronterizos, a debate en el último Foro Inade

El último Foro Inade se ha dedicado a la movilidad pero, en concreto, a los accidentes de circulación transfronterizos. "Hemos elegido como primer tema para este Foro Inade de movilidad los accidentes de circulación transfronterizos. Cuando hablamos de siniestro internacional o transfronterizo es importante recordar que no solo hacemos referencia a los accidentes de circulación que podamos tener fuera de nuestro país, sino también a aquellos que, ocurriendo en una red viaria estatal, implica a un vehículo o víctima extranjera", ha explicado Adolfo Campos, director de Fundación Inade.

Uno de los expertos que ha participado en este Foro Inade ha sido José Antonio Badillo, abogado y doctor en Derecho por la Universidad de Alcalá. Antes de adentrarse en cuestiones más técnicas, ha recalcado la diferencia entre víctima residente y víctima transeúnte, una distinción fundamental a la hora de saber qué normativa aplicar. Y ha precisado: "Una víctima residente es aquella que sufre un accidente en su país, pero en el que está implicado un vehículo extranjero, y una víctima transeúnte es aquella que sufre un accidente fuera de su país. Las víctimas residentes están protegidas por el Reglamento General del Consejo de Bureaux, mientras que la víctima transeúnte está protegida por la Cuarta Directiva".

Sobre la Cuarta Directiva, adaptada al Ordenamiento Jurídico Español en el año 2002, José Antonio Badillo ha profundizado: "La Cuarta Directiva pretendía que las víctimas transeúntes, que habían sufrido un accidente en uno de los Estados miembros distinto al suyo, pudieran reclamar en su país de residencia con todas las garantías. Para ello, se creó un organismo de indemnización (Ofesauto, en el caso español) y otro de información (Consorcio de Compensación de Seguros, en España) y se obligó a todas las entidades que operasen en el Espacio Económico Europeo a crear en todos los Estados miembros unos representantes para la tramitación y liquidación de siniestros."

Para finalizar su intervención, Badillo se ha referido a la Quinta Directiva, transpuesta en España en el año 2007 y que supuso ciertas modificaciones, como la abstención de realizar controles sistemáticos de aseguramiento y la introducción de conceptos como el de "estacionamiento habitual".

Otra experta que ha intervenido ha sido Sonia Fernández, jefa de la Oficina de Siniestros Extranjeros de Allianz, que ha puesto el punto de vista práctico a lo anteriormente explicado. "Lo más importante a la hora de notificar un siniestro es recoger toda clase de informaciones y documentaciones sobre las circunstancias y consecuencias del accidente desde el primer momento. Un testigo, una fotografía, un vídeo, el atestado policial puede ser determinante", ha afirmado. Además, ha recordado que cada país tiene sus leyes y costumbres: "Los plazos se alargan, no podemos garantizar los mismos tiempos para la actuación de los profesionales. Los criterios de culpa, aun siendo similares, no son iguales en todos los países, y tampoco lo son las indemnizaciones ni la documentación necesaria para reclamar".

Por último, José Carlos García, secretario general de Fegatramer (Federación Gallega de Transportes de Mercancías), ha expuesto las preocupaciones de los transportistas: "Solicitamos al sector asegurador protocolos estandarizados sobre cómo actuar ante un accidente de circulación en el extranjero en función del país en el que ocurra. Deberíamos contar con un documento en el que se detallasen aspectos tan relevantes como, por ejemplo, cómo proceder al rescate del conductor o la mercancía, o qué documentación debemos solicitar al otro vehículo implicado".

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