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26 de mayo
08:50 2023
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Condenada una aseguradora por no otorgar la defensa jurídica a los familiares de un fallecido

El Tribunal Supremo ha condenado a una aseguradora a indemnizar con 3.000 a los familiares de un asegurado fallecido al entender que están legitimados para exigir el cumplimiento del derecho de defensa jurídica.

El asegurado falleció tras ser atropellado y la viuda e hijos reclamaron a la compañía el cumplimiento del seguro de Defensa Jurídica que estaba incluido en la póliza del seguro obligatorio del vehículo, con objeto de reclamar frente a la aseguradora del vehículo que provocó el accidente, informa Noticias Jurídicas.

En instancia, las sentencias fueron desestimatorias de la demanda "por considerar que los demandantes carecen de legitimación activa por tratarse de terceros y no subrogados en la posición contractual que ostentaba el fallecido". Pero el Tribunal Supremo reconoce la legitimación de la viuda e hijos del asegurado para exigir el cumplimiento del seguro de Defensa Jurídica concertado por este último con la aseguradora demandada y la condena al pago de la indemnización reclamada.

Según la información publicada, queda probado que el seguro contratado incluía la cobertura voluntaria de defensa jurídica y que se extendía a los accidentes que pudiera sufrir el asegurado como peatón en caso de atropello, los familiares de este están amparados por la cobertura contractual de defensa jurídica concertada a efectos de obtener el pago de los honorarios de la letrada que defendió sus intereses.

"Para la sala si el asegurado ha sufrido un accidente como peatón la cobertura de defensa jurídica contratada debe desplegar sus efectos, no siendo admisible la tesis de la sentencia recurrida de que el cumplimiento del seguro solo es exigible por el propio asegurado por cuanto ello liberaría a la aseguradora de manera injustificada en los casos en los que el resultado del accidente sufrido fuera de mayor gravedad", añade.

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