Howden Iberia, condenada de nuevo por competencia desleal contra Morera & Vallejo
Morera & Vallejo ha dado a conocer que
Recuerda que, como declara probado la sentencia, la actuación constitutiva de competencia desleal se remonta al año 2006, cuando Howden Iberia contrató a José Manuel González como primer directivo de la compañía en España. “Tras la incorporación del Sr. González a la mercantil condenada, ésta procedió a la contratación masiva y en muy breve periodo de tiempo de un parte importante de los trabajadores de Morera & Vallejo, incluyendo la práctica totalidad de la plantilla comercial. Acto seguido, y aprovechando la lógica desestabilización generada en la Correduría reclamante, procedió a la captación de clientes de ésta y al intento de eliminación de Morera & Vallejo como competidora en el mercado”, continúa. Junto a lo anterior, precisa que “la sentencia destaca como hechos relevantes acreditativos de la competencia desleal, las comunicaciones enviadas entonces por el Sr. D José Manuel González al entonces Presidente de
Morera & Vallejo señala que es la “segunda resolución judicial que condena a Howden Iberia por actos de competencia desleal y da la razón a Morera & Vallejo, que formuló demanda bajo la defensa del Despacho Garrigues. Con esta Sentencia, además de la indemnización que detalla, se condena a Howden a publicar la Sentencia a su cargo en dos revistas especializadas del sector”.
Por último, expone que actualmente está en trámite una nueva reclamación por parte de Morera & Vallejo contra Howden, por más de 3 millones de euros, como consecuencia de “otros graves perjuicios causados por su desleal actuación”.
Por su parte, Howden Iberia se ha dirigido a esta redacción para informar de que “la sentencia de primera instancia condenaba a Howden al pago de 1.762.716,81 euros en favor de Morera y Vallejo (M&V) y Multibroker Internacional (MBI). La sentencia de apelación, reduce la condena a 352.992,92 euros, es decir, reduce el importe indemnizatoria en un 80%, lo cual ciertamente es bastante significativo”. “Con independencia de lo anterior, la sentencia, desde luego, está recurrida por Howden ante el Tribunal Supremo, y por tanto, a la fecha pendiente de admisión el citado recurso”.
“Toda vez que Howden pagó el importe de la condena de primera instancia, al instar M&V y MBI la ejecución provisional de la misma, dado el resultado de la sentencia de apelación, procedía (de acuerdo con la ley procesal) que M&V y MBI devolvieran el exceso entre lo cobrado (provisionalmente) y lo establecido por la Audiencia en segunda instancia”. Añade que “como éstas no devolvieron el exceso, y como el escrito de Howden pidiendo la devolución de lo indebidamente cobrado fue ignorado por M&V y MBI, Howden se vio obligada a presentar la correspondiente demandada de ejecución en reclamación de lo que legítimamente le correspondía, más los intereses y las costas”.
"El Juzgado dictó orden general de ejecución contra M&V y MBI, por los importes reclamados por Howden, más los intereses y las costas de la ejecución”. “Finalmente M&V procedió al pago de su parte de la cantidad reclamada”.
Por último señala que “MBI no ha satisfecho su parte” y a la fecha “no se han podido embargar más bienes de MBI que unos 300 euros, existentes en bancos (a través de embargos telemáticos), por lo que adeuda a Howden la cantidad de 553.572,08 euros, más intereses y costas. Como quiera que los no existen bienes a nombre de esta compañía y los que pudiera tener han desaparecido, se está en trámite de iniciar las correspondientes acciones, incluso penales para el cobro de la deuda”.