Grupo Aseguranza

inicio
11 de noviembre
08:55 2020
Compartir

Las reformas en materia de tráfico pretenden reducir en un 50% la cifra de fallecidos

El Gobierno dice que con el paquete de reformas en materia de tráfico y circulación pretende reducir en un 50% en la próxima década el número de fallecidos y heridos graves en accidentes. Las reformas aprobadas en Consejo de Ministros se centran en un endurecimiento de las medidas por las que los conductores podrán perder puntos del y también en otras sobre la circulación en diversas vías.

Sobre las iniciativas en movilidad urbana, estos son los principales cambios en cuanto a los límites de velocidad en vías urbanas:

-En las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h.

-En las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h.

-En las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.

En cuanto a la retirada de puntos, estas son las medidas:

-Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil.

-Eleva de 3 a 4o los puntos que se detraen por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección.

-Tipifica como infracción grave 'llevar en el vehículo' mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 500 euros y la pérdida de 3 puntos.

También se contempla en la reforma que los turismos y motocicletas no podrán rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

Cambios en movilidad personal

Una de las cuestiones sobre las que también actúa el Real Decreto aprobado es la regulación de los vehículos de movilidad personal, definidos como "vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h".

Cuando entren en vigor los cambios, quedará prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales. También se prohibirá su circulación en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos.

En todo caso, para poder circular los vehículos de movilidad personal deberán disponer del correspondiente certificado de circulación.

Las modificaciones aún tienen que pasar varios trámites ministeriales pero está previsto que entren en vigor el próximo 2 de enero las relativas al Reglamento de Circulación y Vehículos. En cambio, la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación (velocidades en zonas urbanas) entrará en vigor a los 6 meses de su publicación en el BOE "para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización".

Para el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el objetivo es reducir en un 50% el número de víctimas en accidentes de tráfico en la próxima década. Sobre la rebaja de la velocida de 50 a 30 km/h afirma que disminuye cinco veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello y que la medida no ralentiza el tráfico urbano.