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29 de diciembre
07:47 2025
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Retrasada la entrada en vigor del aseguramiento de VMP, aunque el trabajo técnico está finalizado

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido un comunicado donde afirma que no será posible poner en marcha antes del cierre del año el registro de los Vehículos de movilidad personal (VMP) expuesto en la Ley 5/2025 de 24 de julio. Explica que esta norma, que modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, obliga a asegurar todos estos vehículos (ya sean considerados vehículos personales ligeros o vehículos a motor a efectos de la ley 5/2025) e insta a la DGT a regular el registro e inscripción previa como condición para el aseguramiento obligatorio a partir de enero.

La DGT señala que aunque el "desarrollo técnico para el registro de los VMP está ya concluido, actualmente se está tramitando el Real Decreto que dará cobertura jurídica a la inscripción de todas las categorías de los vehículos de movilidad personal". Añade que si bien ya han finalizado los trámites de audiencia e información pública, "no será posible su aprobación antes del 2 de enero próximo".

Informa también que mientras se tramita la regulación correspondiente, "no será aplicable la obligación previa de inscribir los vehículos de movilidad personal hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo". De manera concreta, establece que no será exigible la obligación de aseguramiento "hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo, y pueda realizarse su inscripción".

No obstante, recuerda la DGT que según la ley en cuestión, aquellos vehículos de movilidad personal con un peso superior a 25 kg y velocidad por encima de 14 km/h, "deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción previa en el registro de vehículos". Ahora existe un periodo transitorio para el aseguramiento de estos vehículos que finalizará el 26 de enero de 2026, según la disposición transitoria de la ley. Menciona que tras la aprobación y entrada en vigor del Real Decreto, "todos los vehículos de movilidad personal quedarán obligados a su inscripción en el Registro de Vehículos, mediante un sencillo procedimiento telemático de inscripción a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico".

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