Grupo Aseguranza

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08 de mayo
13:27 2014
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Supresión de un número determinado de contratos a analizar por el corredor

La LOSS modificará el nº 4 del artículo 42 sobre la información que deberá proporcionar el mediador antes de la celebración de un contrato de seguro, que queda redactado así: “El asesoramiento con arreglo a la obligación de llevar a cabo un análisis objetivo a que están obligados los corredores de seguros se facilitará sobre la base del análisis de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado en los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente”.