Grupo Aseguranza

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02 de abril
09:37 2020
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Un corredor puede enviar ofertas a antiguos clientes, pero ojo porque son arenas movedizas

Es habitual que un corredor de seguros haya tenido en cartera a un cliente que ha cambiado de profesional, pero que aún mantiene con él algún seguro activo. En ese caso el corredor inicial puede enviar ofertas o publicidad a ese ya antiguo cliente, pero siempre que se haya firmado previamente una cláusula que lo contemple. Además, hay que tener en cuenta que el plazo en que se pueden guardar los datos de un cliente es de 6 años, como marca la Ley de Distribución. Pero conviene tener cuidado porque "son arenas movedizas".

Lo ha ratificado Arturo Génova, director de RGPD Dashboard, en un encuentro de trabajo sobre protección de datos organizado por Correduidea, en el que ha recomendado a los corredores que "no hay que limitar tu actividad de seguros por miedo, porque vuestra labor es asesorar".

Tranquilidad con la venta cruzada

También los mediadores pueden estar tranquilos: no tienen ningún problema para realizar venta cruzada de productos. La explicación es que un mediador es responsable de una cartera de productos y su labor es el asesoramiento de seguros, y es por tanto un elemento de su gestión profesional y puede impulsar la venta cruzada de seguros.

"Otra cosa es que tuviéramos otra empresa de otra actividad y le mandamos publicidad de ella", pero entre las labores de un corredor está pasar un seguro de una compañía a otra, por lo que el experto descarta problemas en ese sentido.

Otra cuestión que suscita dudas entre los profesiones es la relativa a las pólizas colectivas. Aclaró que tienen un tratamiento diferente, "porque como corredores podéis usar los datos para cualquier fin, pero no dirigiros a ellos directamente para otros servicios porque el tomador es una empresa. Otra cosa es que ellos se dirijan a ti".

RGPD: miedo a las sanciones

Desde que entró en vigor el RGPD uno de los miedos de las empresas de todos los sectores ha sido la posibilidad de elevadas sanciones. "Mi opinión es que es necesario sancionar", observó Arturo Génova, pero en el caso del sector asegurador por ahora no se han producido sanciones en España. Sí en Francia a una compañía, pero por no proteger adecuadamente los datos de sus clientes.

La opinión del experto de RGPD Dashboard es que ahora "el Gobierno se ve ahogado" y "va a tener que buscar nuevas fuentes de ingresos". Y una vía es a través de las sanciones.

Estima que para finales de este año o principios del próximo se van a incrementar mucho más las sanciones. Hasta ahora la AEPD no ha tenido recursos para inspeccionar, "pero cuando sea un cuerpo suficientemente grande se dedicarán más las sanciones", principalmente de las empresas de mayor tamaño.

Envío de publicidad

Los datos son el combustible del mundo digital, también en el de los seguros. Se protegen los datos de las personas, no los de las empresas. Las consecuencias son que si se quiere enviar publicidad de servicios a la cuenta de correo de una empresa no hay problema, pero si responde una persona que se identifica, desde ese momento entra el RGPD y la LOPD, y para continuar esa labor comercial hay que pedir autorización. "Es imprescindible guardar las autorizaciones. Porque una de las bases de legitimación para guardar datos es la autorización", insistió.

En seguros, la Ley de Distribución deja claro quién es quién: el responsable del tratamiento de datos es la entidad que decida ese tratamiento. Como ejemplo, en el caso de un agente exclusivo o vinculado la responsable es la compañía, el agente es encargado del tratamiento. Y su responsabilidad es limitada, y tiene que estar auditada por el responsable.

Pero en el caso de los corredores son ellos los responsables, porque la cartera es suya y son los que asesoran, los que establecen los fines y las acciones a realizar. Supone que va a ceder los datos a la compañía, y tendrá que estar en el acuerdo con su cliente.

El temor o la duda sobre envío de publicidad "es un tema que no se va a acabar nunca. Es lo que más preocupa a todas las empresas". Y siempre hace falta consentimiento, concluyó Arturo Génova.