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20 de septiembre
12:21 2021
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El Consejo General recuerda que vender productos no relacionados con seguros obliga a declarar IVA

El Consejo General recuerda que la venta de productos que no estén relacionados con seguros obliga a la mediación a declarar IVA y darse de alta en el IAE.

De acuerdo con la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización están exentas del pago de IVA, así como las prestaciones de servicios relativas a las mismas realizadas por agentes, subagentes, corredores, colaboradores externos y demás intermediarios de seguros y reaseguros, en la medida que se consideren directamente vinculadas y encaminadas a la celebración de un contrato de seguro o reaseguro. Sin embargo, la venta de productos no relacionados con el sector asegurador se encuentra sujeta y no exenta del impuesto.

Desde el Consejo General se señala que la tendencia de vender productos no relacionados con la actividad aseguradora va a ir en aumento, por lo que sería recomendable tanto que las propias compañías, al tiempo que amplían su oferta comercial, informen debidamente de las obligaciones tributarias de sus mediadores, como que agentes y corredores cuenten con asesoramiento profesional experto para evitar posibles conflictos con la Hacienda Pública.