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01 de marzo
12:19 2021
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Asufin denuncia que varias aseguradoras aún no ofrecen un número 900 gratuito de atención

Asufin ha denunciado ante el Ministerio de Consumo y los organismos competentes de 17 Comunidades Autónomas que el 88% de las compañías financieras y de seguros siguen ofreciendo líneas de atención telefónica de pago como canal de atención a sus clientes. Señala que incumplen la ley que les obliga a ofrecer 900 gratuitos, recordando que el Real Decreto ley 37/2020 del pasado 22 de diciembre "introdujo para los empresarios la obligación de poner a disposición de los consumidores una línea de atención telefónica de tarificación normal. Además, reforzó esa obligación para las compañías de servicios básicos, como son los financieros y de seguros, que tienen que ofrecer un número gratuito (900) para sus clientes".

Tras analizar diversas compañías de esos sectores, "Asufin señala numerosos incumplimientos entre los que destacan ocho compañías que ponen a disposición de los consumidores números de pago, 901 y 902, y que son las aseguradoras AXA y Vidacaixa y las entidades de crédito Banca March, Banco Mediolanum, Cofidis, Deutsche Bank, ING y Kutxabank". También menciona que ING y VidaCaixa ofrecen un número de tarificación adicional (de pago) y otro normal. En total, afirma que de las entidades que ha analizado y que incumplen la ley hay 42 empresas (12 aseguradoras, 20 entidades de crédito, 3 establecimientos financieros de crédito, 6 sociedades de valores y 1 agencia de valores) que ofrecen un número de tarificación normal. Y apunta que en el lado contrario "se encuentran apenas 7 compañías que cumplen con la normativa, de las que destacan 5 (Allianz, Caixabank, Caixabank Paymentns & Consumer y Renta 4) por haber modificado sus números de atención al cliente tras la publicación de la norma, pasando de la tarificación adicional a un 900 gratuito. La tabla la completan la aseguradora AEGON y los Servicios Financieros Carrefour EFC".

Para Patricia Suárez, presidenta de Asufin, "una vez se ha legislado en sentido positivo, es deber del Ministerio de Consumo que se haga cumplir la normativa que pretende facilitar la comunicación de los consumidores con las compañías que les proveen de los servicios básicos; si esos canales no son accesibles y entorpecen las relaciones entre clientes y empresas, se produce un indeseable efecto disuasorio en la reclamación y ejercitación de los derechos".