Grupo Aseguranza

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01 de octubre
13:42 2013
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Las mutualidades piden que sea compatible ser directivo de aseguradora y de colegio profesional

La Confederación Española de Mutualidades ha presentado alegaciones al Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales, en cuanto a que dispone que el ejercicio de los cargos directivos en una corporación colegial serán incompatibles con el desempeño de cargos directivos en entidades de seguro y en entidades o mutualidades de previsión social que tengan o puedan tener relación con la corporación colegial del cargo directivo. La Confederación ha centrado sus observaciones en que “esta incompatibilidad de cargos directivos supone conculcar un derecho que desvirtúa uno de los principios básicos del mutualismo de previsión social, como es el de la participación democrática y la autogestión”.

Recuerda que la LOSSP establece que las mutualidades de previsión social deberán establecer igualdad de obligaciones y derechos para todos los mutualistas, y el Reglamento de Mutualidades de Previsión Social dispone que todos los mutualistas tendrán los mismos derechos políticos y responderán al principio de igualdad. En ese sentido indica que “es práctica habitual en las mutualidades de previsión social encontrar la figura del socio protector de las mismas, que en la mayoría de los casos que nos ocupa, es el Colegio Profesional que la promovió, regulándose en la normativa aseguradora la posibilidad de pertenecer a la Junta de gobierno de la mutualidad sin que en ningún caso puedan alcanzar un número de votos que suponga el control efectivo del órgano social”.

La asociación cree que “se debe suprimir la referencia a las mutualidades de previsión social en particular y a las entidades de seguro en general, como elemento de incompatibilidad, para proteger así el principio de participación democrática de todos los mutualistas”.