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11 de abril
12:21 2024
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Unicaja pone el foco en los mayores de 60 años con una gama de seguros de rentas vitalicias

Unicaja pone el foco en los mayores de 60 años, adaptando sus productos a las necesidades de estos clientes y pone a su disposición una gama de seguros de rentas vitalicias.

La entidad apuesta por dos modalidades de ahorro e inversión para acompañar a este segmento de la población durante todo su ciclo vital: Unirentas Capital y Unirentas Patrimonio 50, ambas de Unicorp Vida. A través de estas soluciones financieras, se garantiza a los asegurados, mediante una aportación única inicial mínima de 20.000 euros, la percepción de una renta mensual vitalicia constante e invariable, de forma inmediata, desde el primer mes.

El importe percibido en caso de fallecimiento depende de la modalidad contratada por el asegurado. Por una parte, a través de la opción Unirentas Capital, los beneficiarios designados en caso de fallecimiento pueden percibir un capital adicional, que supone el 101% de la prima invertida por el asegurado.

Mientras que, en la alternativa Unirentas Patrimonio 50, el capital asegurado en caso de fallecimiento decrece cada año de vigencia un 5%, hasta el límite mínimo del 50% de la prima aportada.

Estos productos cuentan con un tratamiento fiscal ventajoso. Concretamente, los usuarios de 70 años en adelante solo tributan por el 8% de la renta mensual percibida; mientras que los mayores de entre 66 y 69 años, por el 20%, y los mayores de entre 60 y 65 años, por el 24%. Asimismo, en el caso de las personas mayores de 65 años, también se podrán excluir de este gravamen las ganancias obtenidas por la transmisión de elementos patrimoniales, siempre que el importe total se destine, en el plazo de seis meses, a constituir un seguro de renta vitalicia a su favor, concretamente, en la modalidad Unirentas Patrimonio 50. En este caso, la cantidad máxima que podrá destinarse es 240.000 euros. Cuando el importe destinado a este seguro sea inferior al total de la ganancia patrimonial percibida, sólo quedará excluido de tributación la parte proporcional correspondiente a la cantidad reinvertida.

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