Grupo Aseguranza

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25 de julio
08:52 2013
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Adecose, preocupada por la inclusión de la comisión en el contenido de la póliza

Adecose ha expresado su preocupación tras realizar un primer análisis del contenido de la Propuesta de Código Mercantil de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, por el hecho de que la propuesta establezca que la información sobre el contenido de la póliza contenga también las comisiones junto al importe de la prima, los recargos e impuestos. La asociación considera que “esta información constituye una clara discriminación hacia la mediación tradicional, en la medida en que no se obliga a otros canales de distribución, que no reciben comisiones, a informar de sus costes de adquisición, aspecto sobre el que Adecose lleva incidiendo reiteradamente ante las instituciones responsables de la tramitación de la IMD II”.

Adecose muestra su sorpresa porque “ni en los borradores sobre los que ha estado trabajando, ni en las reuniones mantenidas con el Ministerio de Justicia, el Consejo de Estado y
la DGSFP, aparecía dicha mención. Por este motivo, Adecose argumentará ante el Ministerio de Justicia, al igual que lo lleva haciendo en Bruselas respecto a la IMD II, para que se elimine esta mención en el texto que finalmente se apruebe. Por otro lado, Adecose considera que los artículos contenidos en la propuesta sobre el contrato de correduría de seguros, que en algún caso trasladan de manera literal el contenido de la Ley de mediación, pueden generar una gran confusión, por lo que expondrá ante el Ministerio la idoneidad de eliminarlos”.

En cambio, sí valora de forma positiva la inclusión por parte del Ministerio de una cuestión que la asociación defendió ante el Ministerio, el Consejo de Estado y la DGSFP, relacionada con la
modificación o resolución del contrato por disminución del riesgo. “La aceptación de la cuestión planteada por Adecose supone que al finalizar el periodo en curso cubierto por la prima, el tomador tiene derecho a la diferencia entre la prima satisfecha y la que le hubiera correspondido pagar, desde el momento de la puesta en conocimiento de la disminución del riesgo. Igualmente deberá reducirse el importe de la prima futura en la proporción correspondiente, teniendo derecho el tomador, en caso contrario, a la resolución del contrato”.

Adecose concluye indicando que echa en falta que en la propuesta no se hayan recogido el resto de observaciones planteadas en los últimos meses, “por lo que la asociación intentará una vez más que dichas observaciones se recojan”.