Grupo Aseguranza

inicio
16 de abril
08:34 2026
Compartir

La DGSFP exige la devolución automática de primas no consumidas en seguros de protección de pagos

La DGSFP ha emitido una nota dirigida a entidades aseguradoras y distribuidores en la que fija nuevas expectativas supervisoras sobre la comercialización de seguros de protección de pagos vinculados a préstamos y créditos. La actuación se produce tras detectar prácticas en el mercado que podrían perjudicar al cliente, en línea con la advertencia de Eiopa sobre posibles conflictos de interés en el modelo banco-asegurador.

El organismo explica que esta iniciativa "se emite tras la revisión realizada por este supervisor sobre las prácticas observadas en el mercado español", en un contexto en el que Eiopa ya había alertado del riesgo de que "determinadas estructuras de comisiones y relaciones entre productores, distribuidores y consumidores generasen conflictos de interés, afectando negativamente al valor ofrecido al cliente".

Mayor control y orientación al cliente

La DGSFP establece que su objetivo es reforzar las buenas prácticas en el diseño y comercialización de estos productos, subrayando que las entidades deben garantizar su adecuación a las necesidades reales del cliente. En este sentido, recuerda que se debe asegurar "la aplicación efectiva del deber de actuar con honestidad, equidad y profesionalidad en beneficio de los tomadores, asegurados y beneficiarios".

Los seguros de protección crediticia -que cubren riesgos como fallecimiento, incapacidad o desempleo- tienen como finalidad "preservar la capacidad de pago del deudor y garantizar la continuidad en el cumplimiento de sus obligaciones crediticias", contribuyendo a la protección del consumidor.

Información clara y decisiones informadas

Uno de los puntos clave de la nota es el refuerzo de la transparencia. El supervisor exige que las entidades "deben proporcionar al cliente toda la información relevante de manera comprensible, suficiente y adaptada a su perfil".

Además, incide en la necesidad de que el cliente pueda elegir la modalidad de prima más adecuada, ya que "debe poder elegir la modalidad de pago de la prima que mejor se ajuste a sus necesidades y circunstancias personales", recibiendo información clara sobre cada alternativa.

En el caso de los seguros con prima única -frecuentemente financiados junto al préstamo-, la DGSFP eleva el nivel de exigencia informativa. Entre otros aspectos, se deberá advertir de que "dicha financiación supone un incremento del endeudamiento del cliente y, por lo tanto, de los intereses que deberá abonar en el futuro", así como facilitar el detalle del cuadro de amortización.

También se obliga a informar expresamente sobre derechos clave del asegurado, como "el derecho de cancelación en caso de amortización total del préstamo" y "el derecho a la devolución de la prima no consumida".

Devolución automática de la prima

Más allá de la información, el supervisor fija una expectativa operativa clara: "el proceso de devolución de la parte de la prima no consumida deberá activarse de manera proactiva y sin dilación". Esto implica que no será necesario que el cliente reclame la devolución.

Asimismo, se establece que "la devolución deberá ser automática tras la comunicación sobre la amortización anticipada", salvo que el tomador decida mantener la póliza. Incluso en los casos en los que no sea posible contactar con el cliente, la norma es clara: "la devolución de la prima no consumida debe efectuarse automáticamente".

La DGSFP pone el foco en la venta

Por otro lado, la DGSFP pone el foco en la comercialización y remuneración de quienes comercializan este tipo de seguros. En este sentido, se subraya que las políticas retributivas deben evitar conflictos de interés y garantizar que la actuación de los distribuidores esté alineada con el mejor interés del cliente.

Se advierte especialmente del riesgo en modelos banco-aseguradores, donde los incentivos variables ligados a la venta de seguros del propio grupo pueden sesgar la recomendación. Por ello, se exige una supervisión reforzada de estos incentivos y la implantación de mecanismos de control que impidan priorizar objetivos comerciales sobre las necesidades del cliente.

Además, cuando existan vínculos entre entidades, se debe proporcionar información transparente, incluyendo la existencia de alternativas equivalentes en el mercado. "Los incentivos o componentes variables de la remuneración de los empleados de los distribuidores de seguros vinculados al cumplimiento de objetivos de venta de productos de protección de créditos deben ser objeto de una supervisión reforzada por parte de las entidades aseguradoras, a fin de evitar sesgos de venta o la recomendación sistemática de productos del grupo en perjuicio de alternativas más adecuadas al perfil del cliente". En el caso concreto de banca-seguros apunta que "las políticas de retribución de los distribuidores no deben generar incentivos que, directa o indirectamente, puedan ir en detrimento de los intereses económicos del asegurado" y en estos casos "la expectativa supervisora es que, cuando exista una diferencia significativa entre los costes de distribución y el importe de las comisiones efectivamente devengadas, la entidad proporcione una justificación razonada que explique dicha divergencia, asegurando que esta no afecta al valor razonable para el cliente".  

En cuanto a la estimación de la prima, el supervisor establece que debe basarse en criterios técnicos objetivos y reflejar fielmente el riesgo cubierto y los costes asumidos. La prima debe desglosar elementos como riesgo, gastos, comisiones y margen, y se insiste en que las comisiones estén justificadas por los costes reales de distribución, evitando referencias genéricas o vinculadas a la rentabilidad del grupo. También se pone el foco en evitar coberturas innecesarias o exclusiones que limiten excesivamente el valor del producto. Las entidades deben monitorizar indicadores como la siniestralidad o el rechazo de siniestros para evaluar si el producto aporta valor, revisándolo si se detectan desviaciones.

Refuerzo de la supervisión en el canal banca-seguros

Con esta actuación, la DGSFP intensifica el control sobre los seguros vinculados a productos financieros, un ámbito donde los incentivos comerciales pueden generar distorsiones. El supervisor deja claro que las entidades deberán adoptar medidas para evitar que "las condiciones de los productos y las prácticas retributivas no supongan un perjuicio para los intereses económicos del cliente".

Si quiere recibir diariamente y GRATIS noticias como esta, pinche aquí.